viernes, 3 de junio de 2011

comentario del reglamento ITBIS

Sharlin Francisco Porte Sosa                                           05-MCTN-1-213

Comentario del reglamento del ITBIS
      En el viejo Reglamento solo tenía veinticuatro Articulo lo cuales fueron parte de ellos modificado y el nuevo reglamento  del ITBIS tiene 30 Articulo,    El artículo 1. Del nuevo reglamento del itbis tiene las definiciones y referencias de los términos que rinden tributos al gobierno central.
En la anterior publicación estuvimos revisando el articulado del Reglamento No. 293-11 para la Aplicación del Título III del Código Tributario que derogó los Decretos Nos.140-98, 196-01, 274-01, 1108-01 y 603-10 relativo al Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS). En esta ocasión continuamos con dicha revisión:

a) En este sentido, se ha agregado el Párrafo III al numeral 11 del Art. 9 relativo a prestaciones de servicios entre empresas o partes relacionadas; por otro lado, se ha eliminado el término "transferencia" en el Párrafo II de dicho numeral.

b) Se ha adicionado a la parte in fine del Art. 11 la condición "siempre que no se transforme el estado natural del bien".

c) Mediante el Art. 13 se ha añadido un segundo Párrafo bajo el título "Exención por destino de bienes adquiridos en el mercado local".

d) El Art. 14 fue variado en su parte inicial al eliminar la disposición que rezaba "prestado a personas naturales".

e) En el literal j) del antes citado Art. 14 se modificó el concepto de "Servicios Exportados".

f) Se incluyó la definición del concepto "Servicios Funerarios" dentro del literal k) numeral 6 del referido Art. 14.

g) Por su parte, en el numeral 7 de dicho artículo se han agregado los servicios de casino, loterías, juegos manuales, juegos deportivo, torneos, ferias y exposiciones.

h) A través del Art. 15 y sus dos párrafos se han incluido disposiciones concernientes a la "No extensión de la exención".

i) Se ha extendido el alcance del Art. 16 respecto a "Transferencia de Bienes y Prestación de Servicio a empresas de Zonas Francas desde el mercado local"; así mismo se han modificado los Párrafos II, III y IV de dicho artículo.

j) En el Art. 18 sobre "Concepto de ITBIS adelantado" encontramos que se cambiaron los requisitos establecidos en el numeral 2 de conformidad con las disposiciones de los Art. 342 y 350 del Código Tributario.

k) Por medio del Art. 19 se variaron las condiciones relativas a las deducciones cuya imposición no esté clara.

l) El Art. 20 titulado "Deducciones de saldo a favor" fue extendido en su parte final.

m) Por otro lado, en virtud del Art. 21 se han modificado las disposiciones relativas a la "Compensación y Reembolso de los créditos de ITBIS para los exportadores y productores de bienes exentos del ITBIS" ampliándose los requisitos relativos al procedimiento a seguir para solicitar dicha compensación y/o reembolso.

n) Las disposiciones del Art. 22 concernientes a "Saldos a favor" no se encontraban en los anteriores reglamentos sino solamente en los Art. 19 y 265 del Código Tributario.

o) Han sido eliminadas las disposiciones de los Párrafos II (al cual se incorporaron aquellas del antiguo Párrafo IV) y V (constituye en este nuevo Reglamento el Párrafo I del Art. 25) del Art. 22 del Reglamento No. 140-98 (correspondiente al Art. 23 del Reglamento No. 293-11); y a su vez quedó modificado el Párrafo III del mismo.

p) Se han incorporado los Párrafos II, III, IV y V al Art. 25 relativo a "Retención del ITBIS".

q) Se ampliaron las disposiciones del Art. 26 sobre "Emisión de Documentos".

r) Se agregó un párrafo a las disposiciones del Art. 28 titulado "Transferencias anuladas y Documentos requeridos".

La próxima semana analizaremos en detalle algunas de las modificaciones enumeradas en estas últimas entregas.

Articulo 2. Es una explicación de los objeto del impuesto y su naturaleza cobre el consumo y en cuales transacciones grava el impuesto, transferencia en bienes industrializados, su importancia y la prestación y locación de servicios.
Articulo  3. En este articulo podemos ver que cambian los literales y agregan mas párrafos como el primero que corresponde al pago por transferencia de un bien gravado a su acreedor, segundo  cada una de las partes se obliga a dar una cosa para recibir otra, y cada parte deberá pagar el impuesto por el bien que recibe.
La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) dio a conocer  la actualización del Reglamento 140-98 de Aplicación al Título III del Impuesto Sobre Transferencias de bienes Industrializados y Servicios ITBIS introducidas por el Poder Ejecutivo mediante el Decreto 603-10 promulgado recientemente.
Se trata de medidas para la adecuación de numerosos aspectos a partir de la aplicación del Reglamento para la Regulación de la Impresión, Emisión y Entrega de Comprobantes Fiscales y el de la aplicación del proyecto de Impresoras Fiscales.





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